El travesti abrazó al joven y por la fuerza lo introdujo a una cervecería de San Salvador.![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgnw8a89n2_dDRKVT4h8KB01hnTeIXnuyLt8DP_RYNyQF8WHGfG7TBN34zA5hALzauDMmUsjkpx-3Dp55JUoNCCcgTyWsCVFWYsF1WqTTD0HqV7eFTFXBUbyg_ep_HE9DcXjKGZqJ6RbKI/s640/%255BUNSET%255D)
El juez Séptimo de Paz de San Salvador, envió a prisión preventiva a Javier Antonio Cáceres Amaya, de 24 años, un reconocido travesti que opera sobre la 1a. calle Oriente y 8a. avenida Norte de San Salvador, por el delito de robo.
En el requerimiento fiscal se determina que Cáceres Amaya se encontraba en la calle y que al pasar el joven Gabriel M., lo abrazó y por la fuerza lo introdujo a una cervecería donde le revisó los bolsillos, robándole un celular de marca y modelo no determinado.
El hecho sucedió la mañana del jueves 20 de abril en el lugar antes indicado y hasta donde llegaron dos agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), para revisar al travesti y a quien le encontraron el celular.
Debido a que el proceso será sumario, luego de transcurrir 15 días hábiles del periodo de investigación regulado por el artículo 450 del Código Procesal Penal, el juzgado tendrá que programar la vista pública.
El juez Séptimo de Paz de San Salvador, envió a prisión preventiva a Javier Antonio Cáceres Amaya, de 24 años, un reconocido travesti que opera sobre la 1a. calle Oriente y 8a. avenida Norte de San Salvador, por el delito de robo.
En el requerimiento fiscal se determina que Cáceres Amaya se encontraba en la calle y que al pasar el joven Gabriel M., lo abrazó y por la fuerza lo introdujo a una cervecería donde le revisó los bolsillos, robándole un celular de marca y modelo no determinado.
El hecho sucedió la mañana del jueves 20 de abril en el lugar antes indicado y hasta donde llegaron dos agentes de la Policía Nacional Civil (PNC), para revisar al travesti y a quien le encontraron el celular.
Debido a que el proceso será sumario, luego de transcurrir 15 días hábiles del periodo de investigación regulado por el artículo 450 del Código Procesal Penal, el juzgado tendrá que programar la vista pública.
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